¿En qué consiste el subsidio?
El subsidio al empleo joven (SEJ), es una ayuda en dinero que dispone el Estado para mejorar los ingresos de los jóvenes con edades entre los 18 años y 24 años y 11 meses, los cuales trabajen de manera dependiente o independiente, que tengan cotizaciones al día y que pertenezcan al 40% del grupo más vulnerable de la población según el registro social de hogares (RSH).
El subsidio al empleo joven (SEJ) lo puede recibir tanto el trabajador como el empleador que contrata, lo que incentiva en mayor medida la incorporación laboral de jóvenes al mercado laboral. Para el empleador el gobierno entrega el incentivo a través de un aporte mensual que equivale a una tercera parte del monto que recibe el trabajador como beneficiario.
El subsidio podrá recibirse hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Para obtener la extensión, se debe solicitar dentro de los 3 meses anteriores al cumplimiento de los 25 años.
¿Qué requisitos tiene el programa?
Para que un trabajador sea beneficiario del subsidio, debe cumplir con 2 clases de requisitos a saber:
- para hacer la postulación (aún la persona no es beneficiaria):
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- Debe tener entre 18 a 24 años y 11 meses de edad.
- Debe estar trabajando de manera dependiente o independiente
- Debe pertenecer al 40% del grupo de personas más vulnerable de la población según el registro social de hogares (RSH)
- En caso de tener 21 años de edad o más, debe contar con licencia de educación media.
- para ser beneficiario (ya se recibe el pago)
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- Para tener pago anual: no debe percibir una renta bruta anual igual o superior a $ 6.421.781.
- Pago mensual: el trabajador no debe percibir una renta bruta mensual superior a $ 535.148
- Debe tener las cotizaciones al día
- No debe trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%
- En caso de tener 21 de edad o más, debe contar con licencia de educación media.
¿Cómo funciona el pago del subsidio?
Una vez se es aceptado como beneficiario, el trabajador puede elegir entre dos opciones de pago: 1. Un pago anual, el cual no esta sujeto a devolución de dinero, se hace una vez al año de acuerdo a las rentas percibidas en el año anterior de enero a diciembre; 2. Un pago mensual, que por su fórmula de cálculo puede estar sujeto a devolución de dinero. Consiste en anticipos del pago anual, pagándose hasta el 75% del beneficio, y el resto se entrega en el pago anual en agosto.
El primer pago del beneficio se hace cuatro meses después de la fecha de postulación, pues el pago siempre se realiza con tres meses de desfase. Si por ejemplo se postula en septiembre, en diciembre se pagarán las rentas percibidas ese mes. El pago se realiza el último día hábil de cada mes, excepto en septiembre y diciembre.
El pago se puede recibir en la cuenta bancaria o cuenta rut, o se puede hacer retiro en efectivo en banco estado o servi estado, presentando la cédula de identidad.
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