Para favorecer a las personas y las familias más vulnerables, el Estado creó el subsidio único familiar, como beneficio para sufragar la carga familiar de quienes no pueden acceder al beneficio de asignación familiar o maternal.
¿En qué consiste?
El Subsidio Único Familiar (SUF) es una ayuda económica mensual que el Estado entrega a madres, padres o tutores que no cuenten con previsión social y que como consecuencia de ello, no tienen los ingresos necesarios para la mantención de sus cargas familiares. Esta carga es entendida refiriéndose a personas, personas como causantes de recibir el beneficio.
El subsidio recibido será distinto si el causante* es un menor de edad, si es una persona con discapacidad mental o invalidez de cualquier edad. El monto a partir del 1 de agosto de 2022 es de $16.418 pesos por causante, mientras que el monto que generan los causantes inválidos es el doble ($32.836).
El trámite es gratuito, y se puede acceder a él en cualquier momento del año, para ello es importante acercarse al municipio para solicitarlo. Al ser un beneficio constante, no tiene cupos limitados, sin embargo es necesario cumplir los requisitos para acceder al mismo.
¿Quiénes son causantes?
- Menores de hasta 18 años de edad.
- Inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario.
- Personas con discapacidad intelectual, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
- Mujeres embarazadas (pueden postular al Subsidio Maternal)
¿Quiénes pueden solicitar el beneficio?
- A todas las personas vulnerables que no pueden mantener a los causantes del beneficio.
- Debe ser:
- Madre
- Padre
- Guardador(a) que tenga a su cargo al o los menores
- Persona natural que tenga a su cargo persona(s) con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a tus expensas,
- o Embarazada (recibe el Subsidio Maternal).
¿Qué requisitos hay para ser beneficiario?
- Menores de edad, inválidos o discapacitados intelectualmente de hasta 6 años, deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil. Estos, no deben recibir una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
- Causantes mayores de 6 años deben acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a menos que fueren inválidos.
- La familia debe pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- El beneficiario no debe recibir: Otros beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (Asignación Familiar, Asignación Maternal y Subsidio Maternal), Pensión Garantizada Universal (PGU), Subsidio de Discapacidad Mental.
Igualmente el gobierno ha establecido un orden de prioridad para acceder al subsidio:
- Madre
- Padre
- Tutores o personas que hayan tomado a su cargo al niño o niña
- Personas que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual que vivan a sus expensas (de cualquier edad)
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